Description
La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de Tarapacá, invita a ser parte de su Base de Datos de Postulantes Idóneos para el cargo de Auxiliar de Servicios grado 26° EUS, a fin de cubrir las vacantes de reemplazo y futuras posibles contratas en Jardines Infantiles.
La misión mantener en buenas condiciones de higiene las dependencias, el equipamiento y mobiliario de uso de los párvulos y del personal de la unidad educativa, con el objetivo de contribuir al cumplimiento del Reglamento de Higiene y Seguridad de la institución.
Vacantes: 10.- Las vacantes informadas son solo referenciales
I.- Requisitos
Requisitos Generales
Para ingresar a la Administración Pública los/as postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos del artículo N° 12 del DFL N°29, sobre Estatuto Administrativo:
Requisitos Específicos
II.- Experiencia:
III.- Competencias del cargo
IV.- Conocimientos esperados
V.- Principales funciones
VI.- Documentos que debe adjuntar en su perfil para postular:
VII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs.
sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, del día 28 de Noviembre de 2025.-
Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso.
Finalmente, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas será responsabilidad de los postulantes.
IX.- Otras consideraciones
Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta y adjunte TODOS los documentos requeridos en el Punto VII, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes.
Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Se entenderá como candidato/a no elegible quien cumpla con la condición señalada en el artículo 85 del DFL 29 del Estatuto Administrativo que indica “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica.
Correo de consulta: /